FORTALECER E INNOVAR LA GESTIÓN PÚBLICA
- Alejandro Fabara Torres
- 28 may
- 3 Min. de lectura
Ley Orgánica de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública es el segundo proyecto económico urgente presentado por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional. Aquí respondemos a las principales preguntas sobre esta propuesta.
¿Cuál es su objetivo?
Modernizar y hacer más eficiente la gestión pública, especialmente en materia de contratación pública.
Ahorrar recursos del Estado.
Busca combatir la corrupción que, según estimaciones, cuesta hasta USD 930 millones anuales al país.
Aumentar la participación de nuevos proveedores, ya que la cifra ha descendido.
Mejorar la ejecución de obras y servicios.
Dinamizar la economía nacional mediante compras públicas más eficientes.
Mejorar la evaluación del desempeño de servidores públicos.
¿Qué leyes quiere reformar?
La propuesta plantea una reforma profunda de dos pilares de la administración estatal: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP).
¿Qué reformas planeta el nuevo proyecto de ley?
Reformas al Sistema Nacional de Contratación Pública (SERCOP):
Rediseño del SERCOP fortaleciendo su rol como ente rector con autonomía y capacidad sancionadora. Su director será designado por el Presidente y tendrá fuero de Corte Nacional.
Portal Único de Contratación Pública con nuevos procedimientos claros y actualizados como: subasta inversa electrónica, contrataciones de ínfima cuantía (más reguladas) y licitación basada en puntajes, no solo en precios.
Será obligatorio, con información bajo el concepto de datos abiertos, incluyendo todas las fases de contratación y herramientas de auditoría.
Un Registro Único de Proveedores (RUP) dinámico y automatizado mediante interoperabilidad con otras bases de datos.
La inscripción en el RUP será obligatoria para todos los proveedores.
Eliminación de normas obsoletas derogando artículos que permitían ambigüedad y discrecionalidad en los procesos.
Sanciones a proveedores y funcionarios por corrupción o inexactitud de información.
Reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP):
Evaluación del desempeño.
Evaluaciones semestrales obligatorias con indicadores de eficiencia y resultados.
Se incluye la eficiencia en la contratación pública como criterio de evaluación.
Sistema informático obligatorio y manuales institucionales.
Obligación de actualizar manuales de descripción y clasificación de puestos cada dos años o ante cambios estructurales.
Su no cumplimiento será considerada infracción administrativa grave.
Uso obligatorio del Sistema Integrado del Talento Humano y Remuneraciones del Ministerio del Trabajo.
Disposiciones transitorias
Se garantiza continuidad jurídica a los contratos ya iniciados bajo la normativa vigente
El SERCOP podrá terminar anticipadamente convenios marco existentes.
Se establece un plazo de 120 días para adecuar el portal de contratación pública y emitir el nuevo reglamento.
¿A quiénes afecta esta ley?
A todas las instituciones y funcionarios del sector público: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, gobiernos locales, empresas públicas y organismos autónomos. Además, a todos los proveedores del Estado, que deberán inscribirse y mantenerse habilitados en el RUP para poder contratar.
¿Por qué el Gobierno de Ecuador la califica como urgente?
La razón principal es porque «el país no puede seguir perdiendo millones de dólares», cita el proyecto de ley. Según cifras oficiales citadas en el mismo, hasta $930 millones anuales se malgastan o desvían por malas prácticas en compras públicas. Además, solo en el primer trimestre de 2025, el déficit fiscal alcanzó los $726 millones.
La ley propone herramientas para cerrar estas fugas: eliminar la discrecionalidad en los procesos, hacerlos más competitivos, priorizar proveedores nacionales y aplicar sanciones efectivas a funcionarios y proveedores que incurran en irregularidades.

¿Qué proceso deberá seguir el proyecto en la Asamblea Nacional?
En Ecuador, el proceso para aprobar un proyecto de ley calificado como urgente en materia económica está regulado por el artículo 140 de la Constitución. Conoce el procedimiento, incluyendo tiempos y pasos clave:
Calificación como urgente
El Presidente de la República califica el proyecto como urgente en materia económica al enviarlo a la Asamblea Nacional.
La urgencia implica que el proyecto debe ser tramitado de manera preferente y expedita.
Plazo para el tratamiento legislativo
La Asamblea Nacional tiene un plazo máximo de 30 días para conocer, debatir y aprobar, modificar o negar el proyecto.
El plazo empieza a contar desde la recepción oficial del proyecto en la Asamblea.
Debate y votación
El proyecto puede pasar por una o dos sesiones, dependiendo de si se tramita en uno o dos debates (normalmente uno, dada la urgencia).
Durante este período, las comisiones pueden emitir informes, recibir observaciones y convocar audiencias si es necesario.
El pleno de la Asamblea necesita 77 votos para aprobar el proyecto.
Si la Asamblea no se pronuncia en 30 días…
Si la Asamblea no aprueba, modifica ni niega el proyecto dentro del plazo: el proyecto entra en vigencia automáticamente con el texto enviado por el Presidente. Esta es una herramienta de control del Ejecutivo sobre la inacción legislativa.
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